Noticias

Wi-fi en México. Por fin


Publicado el 07/08/2005 a las 22:00

Compartir

Un aspecto técnico de la mayor complejidad fue resuelto, después de dos años de trabajo, por
Cofetel con la ayuda de la industria. Con la llegada del Wi-Fi y el Wi-Max, el internet inalámbrico
tendrá un crecimiento explosivo

Uno de los temas regulatorios pendientes de mayor relevancia, en el sector de las
telecomunicaciones, está a punto de quedar resuelto. Se trata del uso y aprovechamiento de las
tecnologías Wi-Fi y Wi-Max para el acceso a internet inalámbrico de banda ancha.

El Wi-Fi se da en ambientes cerrados y cuyos espacios no son muy amplios. Se trata de los
llamados hot-spots que, en lugares como Starbucks o Sanborns, por ejemplo, puede uno abrir su
laptop y navegar por internet.

En cambio, el Wi-Max tiene un alcance mucho mayor. Pueden ser del orden de los 10 hasta 50
kilómetros, con anchos de banda flexibles y que permiten la prestación de servicios basados en el
tráfico IP (protocolo de internet).

Hay ciudades completas que, simulando el cobijo de una gran nube que cubre la metrópoli con
este tipo de tecnología, ofrecen ya el servicio en cualquier punto, a cualquier hora y a partir de
cualquier aparato que cuente con el dispositivo adecuado: PC, Laptop, agendas electrónicas,
etcétera.

Así, Zamora (España), Bangalore (India), Hasselt (Bélgica) y Portland, Boston y San Diego (EU), son
un buen ejemplo de ese tipo de ciudades. Se calcula que, para el año 2007, 20% de los accesos a
internet se hará ya a través de las tecnologías Wi-Fi y Wi-Max.

El tema no era fácil de resolver y, sin embargo, gracias a la integración de un grupo técnico
conformado por las dos principales representaciones gremiales de las industrias de
telecomunicaciones en el país (Canieti y Anatel), por otros operadores independientes y por la
autoridad misma, encabezada por la Subsecretaría de Comunicaciones pero con la asistencia de
la Cofetel, fue que se emprendió el estudio, discusión y la preparación de pruebas para llegar a
un acuerdo.
Cabe resaltar que ni la Ley Federal de Telecomunicaciones ni el Cuadro Nacional de Atribución
de Frecuencias preveían, específicamente, este tema. Era necesario clasificar como de uso libre
ciertas frecuencias e interpretar, armónicamente, la ley.

Las propuestas que, finalmente, fueron entregadas por parte de la industria a la autoridad, y los
análisis que ésta realizó, se basaron en los resultados, las conclusiones y las recomendaciones de
la Conferencia Mundial de Radiocomunicación (2003), en los estándares de grupos
intergubernamentales (UIT, CITEL), y en la experiencia mostrada ya en otros países.

Y es que la tendencia mundial para aprovechar estas nuevas tecnologías de la información ha
sido a partir de atribuir, para tal propósito, ciertas bandas de frecuencias que no requieren licencia
para su aprovechamiento.
Ello no implica un uso arbitrario e indiscriminado de tales frecuencias. Significa que su uso puede
ser libre pero regulado en sus aspectos técnicos de operación, potencia y no interferencia.
Es así que, con fecha 22 de julio pasado, la Cofetel subió a su página de internet, la Resolución del
Pleno de la Comisión Federal de Telecomunicaciones para Clasificar ciertas Bandas de
Frecuencias conforme a la Ley Federal de Telecomunicaciones. Es un documento amplio (50
hojas) al que se puede acceder a través del portal de transparencia de la propia Comisión, en la
parte de anteproyectos.

La tesis fundamental de la resolución de Cofetel es que las nuevas bandas de frecuencias de uso
libre se clasifican como de uso secundario, es decir, reconociendo la existencia de otras
aplicaciones que, para decirlo en términos coloquiales, “llevan mano” en cuanto a posibles
interferencias se refiere.

La autoridad notó que Estados Unidos, Canadá, Brasil, Colombia, Alemania, Francia, Irlanda, Japón,
España y el Reino Unido habían ya decidido considerar la banda de 2.4 Ghz., como no licenciada,
es decir, susceptible de ser utilizada y aprovechada por el público en general.

Afortunadamente, la Cofetel concluyó que el concepto “público en general” incluye a todos,
incluidos concesionarios y permisionarios. Sin embargo, ambos deberán observar las condiciones
técnicas de operación que la comisión ya ha definido, mismas que serán complementadas con las
normas oficiales mexicanas (NOM) que, en su caso, se emitan para la homologación de los
equipos y sistemas, y no deberán causar interferencia a las aplicaciones ICM.
Así, la Cofetel concluye que las bandas de frecuencias de 900 Mhz, 2.4 Ghz, 5,150-5,250 Mhz y
5,250-5,350 Mhz se clasifiquen como espectro de uso libre; que las bandas 3,600-3,700 y 5,470-
5,725 Mhz, se clasifiquen como espectro de uso determinado (comercial sujeto a licitación), y que
la banda de frecuencias 5,725-5,850 Mhz, se clasifique para ambos usos, libre y determinado,
dependiendo de la potencia de emisión de que se trate.

El Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias de 1999 deberá ajustarse en consecuencia a la
resolución de Cofetel y será la SCT, a través de la Dirección General de Política de
Telecomunicaciones quien se encargue de la publicación correspondiente en el Diario Oficial de
la Federación.

Con ello, amigos lectores, México está dando un paso muy importante hacia la modernidad
tecnológica. La nueva regulación está en línea con las mejores prácticas adoptadas a nivel
mundial y permitirá un acceso creciente de usuarios de Internet; un uso más eficiente del
espectro; la producción y manufactura de equipos para este propósito; una más vigorosa
competencia en el sector y, desde luego, una mayor diversidad y calidad de servicios a mejor
precio para el consumidor.

Honor a quien honor merece. Felicidades a la Cofetel y a la SCT por esta inteligente y visionaria
decisión. No puede más que traer cosas buenas.

Artículo publicado en el Periódico El Universal

http://archivo.eluniversal.com.mx/columnas/50408.html